lunes, 7 de diciembre de 2009

Relatoría de las Conferencia: Nuevas Tecnologías de la Información y la Propiedad Intelectual en el Ambiente Académico


Durante la mañana del miércoles 18 de noviembre de 2009, el comité de Propiedad Intelectual de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Rio Piedras, ofreció una serie de conferencias en la Facultad de Derecho de esta Universidad con el motivo de exteriorizar los aspectos legales que subyacen en la propiedad intelectual. Para dar inicio a la actividad el Doctor Pedro G. Salazar expuso los aspectos legales de la propiedad intelectual. Durante su presentación introdujo y estableció las diferencias entre los conceptos: derechos patrimoniales y derechos morales. Mencionó que la diferencia primordial entre estos es que los derechos patrimoniales son los que le generan ganancias al autor de la obra mientras que los derechos morales son los que protegen la integridad de la obra y reputación del autor. Añadió que la Ley del “Copyright” se encarga de otorgarle jurisdicción a los tribunales en el caso de que se presente una violación a estos derechos. El Doctor Salazar, comentó sobre la importancia de materializar la obra en un medio tangible ya que “Las ideas no son protegibles sino su expresión”. Otra característica que debe poseer la obra es que sea original. Además, mencionó las exclusiones que existen para la Ley del Copyright. Estas dependen de las condiciones de si se trata de conceptos, ideas o sistemas, de acuerdo a la funcionalidad o utilidad de la obra y si se trata de recursos comunes (Scenes a faire). Otras limitaciones del derecho de autor son las exenciones, donde el autor libera de toda responsabilidad a priori al usuario de la obra, los trabajos por encargo, el uso justo y la primera venta. Para culminar, ejemplificó lo explicado mediante tres casos muy controversiales y relevantes al tema; Weinstein v. University of Illinois (1987), CCNV v. Reid (1989), Harguindey v. Universidad Interamericana (1996).

La segunda presentación estuvo a cargo de la Licenciada Cloe Geora con el tema de Creative Commons. En la misma se exponen dos vertientes por las cuales se puede dirigir el autor de una obra; por la cultura del permiso o la cultura libre. Explica que la intención de Creative Commons es resolver un problema dual; la protección de la expresión de la idea del autor y el facilitar el uso de esta por los usuarios. La Licenciada Geora indica que existen cuatro condiciones para registrar una obra bajo las licencias de Creative Commons. La primera es la de reconocimiento, donde el usuario puede copiar, distribuir, exhibir la obra pero debe reconocer y atribuir la autoría de la obra al creador de la misma. La segunda condición es la que prohíbe el uso comercial de la obra, el usuario puede copiar, distribuir, exhibir la obra pero sin fines comerciales. La tercera condición le permite al usuario copiar, distribuir y exhibir la obra pero no puede realizar obras derribadas de la misma. La cuarta y última condición es la de compartir igual donde el usuario puede copiar, distribuir, exhibir y hacer obras derribadas de la obra pero esta obra debe ser registrada bajo la misma licencia que el autor utilizó para registrar la obra original. Es importante resaltar que el objetivo de estas licencias es facilitar el acceso y uso de las obras sin restar crédito al autor. Mediante estas licencias se evitan situaciones legales de forma sencilla y se protege la integridad de la obra al mismo tiempo.

La Doctora María del R. Medina Díaz de la Facultad de Educación, Departamento de Estudios Graduados, expuso el tercer tema a presentarse durante la mañana de hoy; Integridad y Deshonestidad Académica. Comenzó definiendo los conceptos de integridad, integridad académica, honestidad y deshonestidad académica. Luego señaló que en el Reglamento General de Estudiantes (2009) se manifiestan estos conceptos y la importancia de la divulgación de esta información para el beneficio de estudiantes y profesores. Justificó la importancia de esta acción mediante los hallazgos de un estudio acerca de la deshonestidad académica; el mismo mostraba los factores o variables que influyen en este acto. Estos fueron clasificados en factores individuales, contextuales o institucionales y razones. Para validar esta teoría se realizó una encuesta en el recinto de Rio Piedras donde participaron 791 estudiantes de bachillerato de más de 21 años y 42 profesores de estos estudiantes. Los hallazgos demostraron que los comportamientos de deshonestidad académica son cada vez más frecuentes, sofisticados y difíciles de detectar, como por ejemplo el plagio cibernético. Además se demuestra que los comportamientos de deshonestidad académica son vistos de distintas maneras por la facultad y el estudiantado. De igual manera el estudio arrojó que existe un mayor consenso entre estudiantes y profesores en las opiniones acerca de los comportamientos considerados más graves. A partir de este estudio se concluye que es requisito que se defina, con mayor claridad, los comportamientos asociados con la deshonestidad académica y la aplicación de penalidades. La Doctora Medina concluyó con la primicia de que se están investigando las manifestaciones de la deshonestidad académica estudiantil mediante los procedimientos de revisión de literatura relacionada a políticas y procedimientos en universidades, traducción y adaptación del Academic Integrity Survey (Mc Cabe, 1992), recopilación de evidencia de la validez de los resultados del Cuestionario de Honestidad Académica, Encuetas a estudiantes subgraduados de la UPR-RRP.

El cuarto tema a presentar es el de “Technology, Education, and Copyright Harmonization (TEACH) Act. La Licenciada Ivette González Buitrago, Catedrática Auxiliar de la Escuela de Comunicación de la UPR-RRP, planteó la problemática que existe entre los derechos de autor y el acceso a la información de forma breve por limitaciones en el tiempo. Explico además, que el TEACH Act enmendó la sección 110 del Copyright Act para ampliar el uso permitido de materiales protegidos para propósitos académicos. Mencionó los requisitos que la institución académica debe cumplir para ampararse bajo esta acta; entre los que se encuentran ser una institución educativa acreditada, tener políticas de derechos de autor, informar a la comunidad a la que sirve sobre las leyes de derechos de autor, notificar a estudiantes que el material podría estar protegido, entre otras. La licenciada González brevemente incluyó las limitaciones sobre los derechos exclusivos y las limitaciones de las obras que se utilizan para educación a distancia. En adición, hizo una serie de recomendaciones para el uso de materiales en educación a distancia, como por ejemplo, verificar si el material está protegido, identificar, si el material a colocar proviene de una copia legal, colocar enlaces al material en la web en lugar de copiar el material, entre otras. Concluyó su presentación exponiendo los derechos morales en el entorno digital reconocidos bajo la ley VARA como atribución e integridad para obras visuales.

La quinta y última presentación estuvo a cargo de la Doctora Ketty Rodríguez Casillas con el tema, Los derechos de autor en el sistema de bibliotecas. Ya que el tiempo no era suficiente para albergar tantas presentaciones, la Doctora Rodríguez, expuso su tema lo más conciso posible. Describió el origen del Comité de Derechos de Autor y justificó el establecimiento del mismo bajo la responsabilidad dual que tienen los profesionales de la información de salvaguardar los derechos de los creadores de contenido y el de facilitar el acceso a la información aplicando las nuevas tecnologías. Centrados en educar y orientar al personal de la biblioteca y a los usuarios de la misma, el comité tiene como objetivo divulgar información actualizada referentes a los derechos de autor. La labor del comité se distribuye por tareas entre las que se encuentran ofrecer talleres, charlas, clases, conferencias, redactar documentos guías en cuanto a los derechos de autor con el fin de promover la educación en la comunidad. Los asuntos del Sistema de Bibliotecas que atiende el comité son los relacionados con el material en reserva, prestamos interbibliotecarios (entre ellos Tesis), la digitalización de recursos de información entre otros. Para culminar la presentación, la Doctora Rodríguez, mencionó las actividades que ha llevado a cabo el comité de Derechos de autor para cumplir su objetivo de educar al personal del Sistema de Bibliotecas y a los estudiantes; las mismas eran basadas en orientación y educación de personal y usuarios.

El tema de los derechos de autor es valioso para todos los estudiantes y profesores. No obstante, es muy significativo para nosotros los profesionales de la información ya que trabajamos con material delicado y es imperante conocer nuestros derechos y deberes a la vez que facilitamos el acceso y uso de ese material.

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